Fallo sobre consulta previa, convertido en arma para frenar legalmente proyectos REDD+, advierten expertos juristas

La Sentencia T-248 de 2024, emitida por la Corte Constitucional para proteger al pueblo indígena Pirá Paraná frente a un proyecto REDD+ ejecutado sin consulta previa, está generando un efecto colateral preocupante. De acuerdo con juristas especializados, la decisión está siendo usada como una herramienta para bloquear otros proyectos REDD+ que sí cumplen con los requisitos legales y cuentan con consentimiento comunitario.
El reconocido abogado penalista y constitucionalista Ricardo Andrés Giraldo Cifuentes, quien ha liderado procesos estratégicos de consulta previa en Colombia y otros países de la región, alertó que esta tendencia no solo tergiversa el alcance real del fallo, sino que compromete la seguridad jurídica de iniciativas ambientales legítimas.
“Estamos viendo cómo un fallo que busca garantizar derechos fundamentales está siendo invocado sin criterio, para detener de forma indiscriminada cualquier intervención en territorios indígenas, incluso cuando se han seguido todos los pasos legales y se cuenta con aval comunitario”, advirtió Giraldo.
Según el análisis de expertos, los efectos más comunes de esta interpretación desvirtuada del fallo incluyen:
Cancelación de proyectos basada únicamente en la presencia de pueblos indígenas, sin verificar la existencia o validez de una consulta previa.
Desconocimiento de procesos sostenibles avalados por las propias comunidades.
Aplicación mecánica del precedente sin contextualización jurídica.
Utilización estratégica del derecho de petición con intereses de competencia y no de protección de derechos.
Inclusión no autorizada de nombres de universidades para legitimar acciones jurídicas sin respaldo real.
Lo que en principio fue un precedente valioso para reforzar el consentimiento libre, previo e informado, ha pasado —en algunos casos— a convertirse en una barrera generalizada. Esta situación, advierten expertos, podría configurar un caso claro de abuso del derecho, una figura que se presenta cuando la ley es utilizada en sentido contrario a su espíritu y finalidad.
“La Corte no prohibió los proyectos REDD+. Lo que hizo fue establecer salvaguardas claras para su desarrollo, como la obligación de una consulta previa válida. Transformar ese fallo en una prohibición de facto es jurídicamente insostenible y puede llegar a perjudicar precisamente a las comunidades que se pretendía proteger”, señaló Giraldo.
La preocupación creciente es que esta interpretación generalizada no solo frena procesos legítimos de mitigación climática, sino que socava la confianza en la jurisprudencia ambiental. Si se continúa utilizando el fallo como una herramienta de bloqueo automático, sin análisis caso a caso, se corre el riesgo de afectar el desarrollo territorial, la sostenibilidad y el acceso real de las comunidades a proyectos que podrían beneficiarles directamente.
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